|
OBJETO
DE
LA
ASOCIACION
Artículo
2.- Los
fines
de
la
Asociación
son
los
siguientes:
- Divulgar
los
objetivos
y
principios
de
Naciones
Unidas
contenidos
en
su
Carta
fundacional
e
igualmente
de
sus
agencias
especializadas
y
programas
en
todas
las
Comunidades
Autónomas,
regiones
y
pueblos
de
España,
con
especial
énfasis
en
las
asociaciones
y
organizaciones
no
gubernamentales
relacionadas
con
los
objetivos
de
Naciones
Unidas,
sin
distinción
de
nacionalidad,
sexo,
raza
o
creencias
religiosas
de
sus
miembros.
- Promover
la
relación
de
personas
físicas
y
jurídicas
con
Naciones
Unidas
y
especialmente
con
el
Centro
de
Información
de
Naciones
Unidas
en
España,
oficinas,
agencias
y
otras
entidades
de
la
misma
establecidas
en
España.
- Informar
y
formar
al
público
en
general
sobre
los
programas
e
iniciativas
de
NACIONES
UNIDAS.
Conectar
a
individuos,
organizaciones
no
gubernamentales
y
otras
asociaciones
con
las
instituciones
dependientes
de
Naciones
Unidas.
- Animar
a
las
personas
físicas
y
jurídicas
a
conocer
los
esfuerzos
de
NACIONES
UNIDAS
e
inspirarles
en
la
búsqueda
de
sus
objetivos,
dedicados
a
reforzar
participación
de
los
españoles
en
el
sistema
de
las
Naciones
Unidas
y
a
fortalecer
ese
sistema
de
relaciones.
La
agenda
de
acción
de
ANUES
combina
educación,
investigación,
análisis
de
la
política
sustantiva
y
promoción
del
diálogo
en
Naciones
Unidas.
- Promover
los
movimientos
por
la
Paz
y
la
concordia
de
todos
los
ciudadanos
y
organizaciones
españolas
entre
sí
y
con
otras
organizaciones
internacionales.
- Promoción
de
cursos
en
España
del
denominado
"United
Nations
System",
como
foro
de
difusión
del
sistema
de
Naciones
Unidas
en
la
resolución
de
conflictos,
y
del
denominado
"Global
Compact",
para
favorecer
el
compromiso
ético
de
las
empresas
con
los
principios
de
Naciones
Unidas.
LA
ASOCIACION
SE
CONSTITUYE
COMO
ENTIDAD
SIN
ANIMO
DE
LUCRO
ANUES
suscribe
plenamente
la
Declaración
Universal
de
los
Derechos
Humanos
promulgada
por
Naciones
Unidas,
y
especialmente
sus
artículos
19,
26,
27
y
28,
así
como
las
diversas
declaraciones
e
instrumentos
jurídicos
internacionales
emitidos
por
el
Consejo
de
Europa,
las
comisiones
o
Agencias
de
Naciones
Unidas
y
otras
instancias
internacionales
en
materia
de
Derechos
Humanos,
libertad
religiosa
y
libertad
académica.
|

Sin
perjuicio
de
las
actividades
descritas
en
el
apartado
anterior,
la
Asociación,
para
el
cumplimiento
de
sus
fines,
podrá:
- Desarrollar
actividades
económicas
de
todo
tipo,
encaminadas
a
la
realización
de
sus
fines
o
allegar
recursos
con
ese
objetivo.
- Adquirir
y
poseer
bienes
de
todas
clases
y
por
cualquier
título,
así
como
celebrar
actos
y
contratos
de
todo
género.
- Ejercitar
toda
clase
de
acciones
conforme
a
las
Leyes
o
a
sus
Estatutos.
DOMICILIO
SOCIAL Artículo
3.- El
domicilio
principal
de
la
Asociación
está
ubicado
en
el
Paseo
de
la
Castellana,
190
-
1ª
planta,
de
Madrid. La
Asociación
podrá
disponer
de
otros
locales,
cuando
lo
acuerde
la
Junta
Directiva. Los
traslados
del
domicilio
social
y
demás
locales
con
que
cuente
la
Asociación,
serán
acordados
por
la
Junta
Directiva,
la
cual
comunicará,
al
Registro
correspondiente
de
Asociaciones
y
Federaciones,
la
nueva
dirección. AMBITO
TERRITORIAL Artículo
4.- a)
El
ámbito
territorial
en
el
que
desarrollará
sus
funciones
será
todo
el
territorio
nacional. b)
La
Asociación
podrá
establecer
Delegaciones
territoriales,
en
los
ámbitos
provinciales
o
autonómicos,
en
aquellos
ámbitos
geográficos
que
reúnan
a
un
número
de
100
asociados
de
número
y
así
lo
soliciten. |