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Comité Preparatorio para la Conferencia de las Partes encargada del examen del Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucleares (TNP) |
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El Tratado establece un sistema de salvaguardas bajo la responsabilidad de la Organización Internacional de la Energía Atómica (OIEA). Las salvaguardas se utilizan para verificar la conformidad con las inspecciones llevadas a cabo por la OIEA. El Tratado promueve la cooperación en el campo del uso pacífico de la tecnología nuclear y un acceso igualitario a su tecnología para todos los países, mientras las salvaguardas previenen el uso armamentístico del material fisible. Cada Estado Nuclear Parte se compromete a no transferir armas nucleares y a no ayudar o animar a ningún Estado No Nuclear a fabricar o adquirir armamento nuclear. De igual manera, los Estados No Nucleares se comprometen a no recibir, fabricar o adquirir de cualquier otro modo armas nucleares. Las provisiones del Tratado contemplan una revisión del Tratado cada cinco años. La última revisión tuvo lugar en Nueva York del 24 de abril al 19 de mayo de 2000. Fue la primera conferencia celebrada tras la decisión en 1995 de prolongar indefinidamente el tratado. En la conferencia de 2000, los Estados Parte acordaron un documento final que incluía compromisos específicos hacia la no-proliferación y el desarme. El documento incluye 13 "pasos prácticos" hacia el desarme nuclear, específicamente la aplicación del artículo VI del TNP. Estos 13 pasos incluyen acciones que deben ser tomadas en relación a las pruebas nucleares, los almacenes de armas existentes, la verificación y la transparencia y el papel de las armas nucleares en las políticas de seguridad nacional. En el Comité Preparatorio de 2002 se discutió la necesidad de fortalecer el régimen de no proliferación nuclear como imperativo para prevenir el uso de tecnologías y materiales nucleares con fines terroristas. El propósito del Comité preparatorio de 2003 es considerar los avances que afectan a la operación del TNP para continuar con el trabajo iniciado en 2002 en el primer Comité preparatorio para la aplicación del Tratado. Asimismo, se busca hacer una valoración inicial de los logros desde 2000. Las bases para esta revisión son las mismas provisiones del Tratado, el paquete de decisiones adoptado en 1995 y el documento final acordado en 2000. El Tratado y su revisión - Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucleares: Firmado en Washington, Londres y Moscú el 1 de julio de 1968. - Conferencias de las Partes encargada del examen del Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucleares: se han celebrado desde 1970, cada 5 años (6 conferencias en total). Las dos últimas son la Conferencia de 1995 de las Partes encargada del examen y la prórroga del Tratado sobre la no proliferación de las armas nucleares y la Conferencia del año 2000 de las Partes encargada del examen del tratado sobre la no proliferación de las armas nucleares. - Primer Comité Preparatorio de la Conferencia de 2005: 24 de abril - 9 de mayo de 2003 Más información OIEA: http://www.iaea.org/ Tratado sobre la No Proliferación: http://disarmament.un.org/wmd/npt/
GLOSARIO Estado nuclear / Estados que poseen armas nucleares / Estados poseedores de armas nucleares: En el contexto de las negociaciones internacionales de desarme, se define como aquel Estado que ha fabricado y explosionado una bomba nuclear antes del 1 de enero de 1967. Cinco países entran en este grupo: China, Estados Unidos, Francia, Gran Bretaña y Rusia. El resto de los Estados reciben la consideración de "Estado no nuclear". Estado sin capacidad nuclear: En el contexto de las negociaciones internacionales se define como el Estado que no posee armas nucleares o dispositivos explosivos o la tecnología para su fabricación, o cualquier central nuclear o reactor nuclear. Estado en el umbral nuclear: definido como un Estado que se sabe que posee o que ha declarado fiablemente que posee armas nucleares, pero que no se enmarca dentro de la definición de "Estado nuclear" (es el caso de la India). Arma de destrucción en masa: Se incluyen bajo este término las armas atómicas explosivas, las armas de material radioactivo, las armas químicas y biológicas letales y cualquier armamento desarrollado en el futuro que tenga características comparables a éstas en cuanto a su capacidad de destrucción. Arma radiológica / bomba "sucia": bomba convencional cargada con materiales radioactivos, que se dispersan con la explosión de la bomba y que pueden hacer que amplias zonas geográficas queden contaminadas e inhabitables. El principal peligro de estas bombas no es la inmediata pérdida de vidas, sino la contaminación y sus efectos a largo plazo sobre la población, el medio ambiente y la economía de las zonas afectadas y las zonas limítrofes. |
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